El siguiente blog tiene como propósito dar a conocer la importancia del derecho y la legislación como aplicación a la informática.
lunes, 30 de enero de 2017
miércoles, 25 de enero de 2017
domingo, 22 de enero de 2017
Fuentes del derecho informático
El derecho internacional ha tenido gran desarrollo tendiente para algunas concepciones a la formación de un derecho mundial (derecho informático), cumpliendo los tratados:
a)Tratados. Tendiente a modificar una situación jurídica existente o a definir ciertos conceptos.
Ejemplos:
-México 1994. Derecho aplicable a la contraracioninternacional.
-Tratado del MERCOSUR
•b) La costumbre: En varios países la normativa interna no existe regulación especifica por lo que en la practica se recurre a modelos de la normatividad internacional.
Ejemplos:
-Modelos CNUDMI o de la comunidad Europea
c) Las Técnicas: Son gran transcendencia en el derecho informático, y cada vez más han establecido normas especificas cada vez mas precisas.
Ejemplos:
-OCED. Criptografía ( Firma digital).
•C) La jurisprudencia.
Ejemplos:
-Derechos Autorales
-Derechos de dominio
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
a)Tratados. Tendiente a modificar una situación jurídica existente o a definir ciertos conceptos.
Ejemplos:
-México 1994. Derecho aplicable a la contraracioninternacional.
-Tratado del MERCOSUR
•b) La costumbre: En varios países la normativa interna no existe regulación especifica por lo que en la practica se recurre a modelos de la normatividad internacional.
Ejemplos:
-Modelos CNUDMI o de la comunidad Europea
c) Las Técnicas: Son gran transcendencia en el derecho informático, y cada vez más han establecido normas especificas cada vez mas precisas.
Ejemplos:
-OCED. Criptografía ( Firma digital).
•C) La jurisprudencia.
Ejemplos:
-Derechos Autorales
-Derechos de dominio
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Características del Derecho Informático
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES DEL DERECHO INFORMÁTICO
•Normas que regulan los actos jurídicos a partir del uso de la computadora.
•Se basa en principios por que es difundida por magistrados, jueces, y tratadistas, ya que la información es vinculada y provocada por el hombre.
•Toma en cuenta los “Hechos informáticos”, ocurridos en la actualidad.
•Es un instrumento de derecho, de la libertad de expresión y de la protección jurídica que puede darse a los programas de computación.
•Forma sus propios criterios sobre el internet y las consecuencias en el derecho mexicano.
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Diferencias entre derecho informático e informática jurídica
DERECHO INFORMÁTICO
El derecho informático es el conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular los actos y aspectos de la tecnología informática y su finalidad es evitar quebrantar los derechos fundamentales para mantener el orden de una sociedad.
INFORMÁTICA JURÍDICA
La informática jurídica es una herramienta tecnológica puesta al servicio del derecho para hacerlo más eficiente ya que facilita el procedimiento, almacenaje y recuperación jurídica.
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
¿Cómo se regula la conducta de los seres humanos?
Para regular la conducta de los seres humanos tenemos a la informática jurídica que mediante la aplicación de normas ayuda a la resolución de conflictos.
ORÍGENES:
Nacida propiamente en 1959 en los Estados Unidos, la informática jurídica ha sufrido cambios afines a la evolución general de la misma informática. Sus inicios se remontan a los años cincuenta donde las computadoras se comenzaban a usar con fines lingüísticos y no solo matemáticos. Esto fue logrado gracias a la necesidad de encontrar medios satisfactorios para tener acceso a la información legal.
INFORMÁTICA JURÍDICA
ORÍGENES:
Nacida propiamente en 1959 en los Estados Unidos, la informática jurídica ha sufrido cambios afines a la evolución general de la misma informática. Sus inicios se remontan a los años cincuenta donde las computadoras se comenzaban a usar con fines lingüísticos y no solo matemáticos. Esto fue logrado gracias a la necesidad de encontrar medios satisfactorios para tener acceso a la información legal.
La informática jurídica puede definirse por el siguiente autor como:
“Técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el estudio de la investigación de los conocimientos de la informática general, aplicables a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentes de análisis y tratamiento de información jurídica necesarios para lograr dicha recuperación”.
-Julio Tellez Valdez, Derecho Informático
La informática jurídica puede clasificarse en:
- Informática jurídica documentaria (Almacenamiento y recuperación de textos jurídicos)
- Informática jurídica de control y gestión (Desarrollo de actividades jurídico-adjetivas)
- Informática jurídica metadocumentaria (Apoyo e la decisión, educación, investigación, redacción y previsión del Derecho).
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Fuentes bibliográficas: Informática, instrumento del derecho
La informática jurídica puede definirse por el siguiente autor como:
“Técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el estudio de la investigación de los conocimientos de la informática general, aplicables a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentes de análisis y tratamiento de información jurídica necesarios para lograr dicha recuperación”.
-Julio Tellez Valdez, Derecho Informático
La informática jurídica puede clasificarse en:
- Informática jurídica documentaria (Almacenamiento y recuperación de textos jurídicos)
- Informática jurídica de control y gestión (Desarrollo de actividades jurídico-adjetivas)
- Informática jurídica metadocumentaria (Apoyo e la decisión, educación, investigación, redacción y previsión del Derecho).
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Fuentes bibliográficas: Informática, instrumento del derecho¿La informática y el derecho?
CONCEPTOS BÁSICOS
DERECHO
Comencemos por conocer, ¿Qué es?:
•Derecho: Es el conjunto de principios, preceptos y reglas a las que están sometidas las relaciones humanas en toda la sociedad civil.
“ES el conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en la sociedad y en caso de incumplimiento está previsto de una sanción judicial”.
-Fuentes Gómez Fernando.
ORÍGENES DEL DERECHO INFORMÁTICO
Las referencias más específicas que se dan sobre la relación entre la informática y el derecho, las tenemos a partir del año 1949 con la obra de Norbert Wiener, en cuyo capítulo IV va dirigido hacía el derecho y las comunicaciones.
Comencemos por conocer, ¿Qué es?:
•Derecho: Es el conjunto de principios, preceptos y reglas a las que están sometidas las relaciones humanas en toda la sociedad civil.
“ES el conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres en la sociedad y en caso de incumplimiento está previsto de una sanción judicial”.
-Fuentes Gómez Fernando.
ORÍGENES DEL DERECHO INFORMÁTICO
Las referencias más específicas que se dan sobre la relación entre la informática y el derecho, las tenemos a partir del año 1949 con la obra de Norbert Wiener, en cuyo capítulo IV va dirigido hacía el derecho y las comunicaciones.
DERECHO INFORMÁTICO
Pero, ¿Cómo regular las conductas civiles en las tecnologías de la información?. El derecho informático se define según los siguientes autores como:
“Una de las ramas de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la información).”
-Julio Tellez Valdez, Derecho Informático.
"Es el conjunto de normas, y principios e instituciones que regulan las relaciones jurídicas que brotan de la actividad informática (la informática es un objeto regulado por el derecho)"
-Rocio Serrano Rodriguez.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Independientemente del soporte material que le dé origen a la prestación que la ofrece en disponibilidad, la información es un buen en sí y puede ser susceptible de apoderamiento, así mismo, requiere de una tutela jurídica en razón de los diferentes derechos y obligaciones que da lugar. Ya sea por:
- Una relación de posesión entre autor y objeto (Derecho sobre la información)
- Una relación de transferencia entre aquel que la emite y aquel que la recibe (Derecho a la información)
Fuentes bibliográficas:
Regulación jurídica del bien informacional
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Pero, ¿Cómo regular las conductas civiles en las tecnologías de la información?. El derecho informático se define según los siguientes autores como:
“Una de las ramas de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la información).”
-Julio Tellez Valdez, Derecho Informático.
"Es el conjunto de normas, y principios e instituciones que regulan las relaciones jurídicas que brotan de la actividad informática (la informática es un objeto regulado por el derecho)"
-Rocio Serrano Rodriguez.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Independientemente del soporte material que le dé origen a la prestación que la ofrece en disponibilidad, la información es un buen en sí y puede ser susceptible de apoderamiento, así mismo, requiere de una tutela jurídica en razón de los diferentes derechos y obligaciones que da lugar. Ya sea por:
- Una relación de posesión entre autor y objeto (Derecho sobre la información)
- Una relación de transferencia entre aquel que la emite y aquel que la recibe (Derecho a la información)
Fuentes bibliográficas:
Regulación jurídica del bien informacional
Bibliografía:
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
sábado, 21 de enero de 2017
¿La informática en la sociedad?
A través del tiempo el ser humano ha tenido diversas necesidades las cuáles van desde: Fisiológicas hasta otras más complejas. Desde entonces, el ser humano ha creado estrategias o nuevas formas para satisfacer éstas y así mismo ha creado normas sociales que regulan la conducta de los individuos con el fin de una sana convivencia entre los miembros dentro de un mismo grupo social. Partiendo desde la actualidad el ser humano ha dado prioridad al uso de herramientas tales como son las "TIC's" (Tecnologías de la Información y la Comunicación) como si fueran parte de una necesidad básica y se les ha dado un uso desmedido el cuál hasta hoy, aún no tiene alguna regulación para las conductas acontecidas dentro del mismo. Entonces, ¿Cualquier persona puede hacer lo que quiera mientras no haya alguna legislación que pueda regular la conducta de las personas dentro del internet?, dado que el fenómeno actual es mundial, ¿No deberían haber normas que rijan a todas las personas dentro del internet?
Conceptos básicos
Informática: Conocimientos técnicos que se ocupan del tratamiento automatizado de la información por medio de computadoras.
Información: Conjunto de datos que ordenados de alguna manera tienen un sentido.
¿Por qué la importancia de proteger nuestra información?
En la actualidad la información ha adquirido gran trascendencia debido a que menor será el desconocimiento de las personas sobre un rubro en específico.
"El manejo de la información abarca un sin número de aspectos, y permite planear y ejecutar programas de desarrollo tanto económico y político como técnico. Sin ella no hay posibilidad de conocer y transformar, corregir y planear".
-Julio Tellez Valdes
Fuentes bibliográficas:
Relación jurídica del bien infomacional
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
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