Conceptos básicos
Informática: Conocimientos técnicos que se ocupan del tratamiento automatizado de la información por medio de computadoras.
Información: Conjunto de datos que ordenados de alguna manera tienen un sentido.
¿Por qué la importancia de proteger nuestra información?
En la actualidad la información ha adquirido gran trascendencia debido a que menor será el desconocimiento de las personas sobre un rubro en específico.
"El manejo de la información abarca un sin número de aspectos, y permite planear y ejecutar programas de desarrollo tanto económico y político como técnico. Sin ella no hay posibilidad de conocer y transformar, corregir y planear".
-Julio Tellez Valdes
Fuentes bibliográficas:
Relación jurídica del bien infomacional
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Téllez Valdés, Julio Alejandro. (1998). Derecho informático. México: McGrawHill.
Considerando la utilidad dada ala informatica hoy en dia entre ellas el Derecho facilita la tarea de un abogado asi como la facil informacion que este mismo requiera.
ResponderBorrarLa informática ha venido a revolucionar el aspecto jurídico de las leyes, porque ya los juzgados y tribunales publican sus resoluciones y sentencias atreves de páginas a las que se puede tener acceso de manera rápida y amigable al saber el estado en que se encuentra el expediente.
El SAT también ha utilizado la informática para hacer uso de la aplicación de leyes a través de su buzón fiscal, donde le puede informar al contribuyente de requerimientos y multas a las que se haya hecho acreedor por el incumplimiento de la ley.
Se necesita seguir trabajando en la regulación y generación de políticas públicas que se conviertan en verdaderas leyes reguladoras, para el caso de la información en las redes sociales urge se ponga atención, hay mucha información falsa, cualquiera puede subir información, fotos, videos comentarios, convirtiendo, difamar, evidenciar o amenazar esto en un peligro para la confidencialidad de la información.
Lic. Giovani Avila Galeana
Si consideramos los artículos 6,7 y 8, respectivamente de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos dicen que:
ResponderBorrarArtículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.
Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.
Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
-Es decir, en este caso estamos hablando que en nuestra Constitución Política en cuanto al derecho a la información, libertad de expresión y el respeto al derecho a la petición información son puntos claves que pueden apoyar a la regulación del derecho informático, si bien como ustedes lo manejan en su Blog, la información es un bien por ser resultado de las acciones de un individuo, éste tiene un valor, pero el derecho a la búsqueda de información lo tenemos en dado caso si no existe nada que nos ayude a la protección de información personal, etc. Entonces cualquier persona puede tener acceso a nuestra información solo por tener ese derecho, pero desde mi punto de vista si es necesario que existe una legislación que nos ayude a proteger nuestra información dentro de las TIC's.
Considero que este es un tema de gran importancia en la actualidad, ya que es realmente útil para diversas profesiones y actividades que se realizan día a día, así como para el DERECHO, ayuda a realizar las labores del abogado y es una herramienta demasiado útil para diversas situaciones en las que se aplica.
ResponderBorrarEl material de consulta utilizado por los abogados como normas legales, doctrina, jurisprudencia se usan en todas las romas del derecho y estarán sistematizadas para mayor agilidad en el momento de la búsqueda de la información.
Para las instituciones públicas es de gran importancia, ya que les permite tener un portal donde apegados a derecho es el case dela ley de accesos a la información. Así como para cada una de las diferentes profesiones. Además de que está regulado por la ley.
Debemos de tomar en cuenta que al manejar mal la información podría causar un delito.
Se necesita seguir trabajando en la regulación de las leyes para el caso de la información en las redes sociales urge se ponga atención, ya que existe mucha información falsa, cualquiera puede subir información, fotos, videos, comentarios, difamar, evidenciar o amenazar esto en un peligro para la confidencialidad de la información, ya que al no tener estas leyes reguladas correctamente pueden surgir muchos actos delictivos y poner en riesgo la integridad de las personas, pero sobre todo de los menores.
Es necesario fortalecer e implementar en los Estados las leyes correspondientes y tener una mejor actuación de la policía cibernética.
Lic. Guadalupe Guerrero Velázquez
Una de las principales ventajas es la celeridad con la que podemos comunicarnos en tiempo real gracias a las redes sociales, ya que por el aumento de la globalización en las noticas y en los acuerdos emitidos por nuestra SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN así como de las dependencias mismas, centralizadas y descentralizadas, un claro ejemplo de ellas es el SAT, las cuales nos brindan información jurídica en tiempo real en que son emitidos los acuerdos, nos es más factible darnos cuenta de las leyes, normas o cualquier circular emitidos por los mismos, por lo tanto no dependemos tanto de las esferas jurídicas en base a territorio para ir aplicando y actualizando nuestros conocimientos jurídicos con anticipación.
ResponderBorrarUna de las principales desventajas de este nuevo sistema es la cantidad de información manipulable a la cual se le da mal uso como el hecho de editar información verídica y pasa a ser información basura y obsoleta para nuestro sistema jurídico, además nuestra juventud como sociedad utiliza dicha información para realizar labores escolares que a fin de cuentas termina siendo errónea, por otra parte se puede utilizar información primordial como los generales de ciudadano para realizar actos ilícitos o para ser plagiados por la delincuencia que existe en nuestro país.
Lic. Humberto Calderón